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¿Qué pasa si no puedo pagar el seguro médico? Alternativas económicas para poder realizar un tratamiento.

  • Writer: Rodrigo Fierro
    Rodrigo Fierro
  • Jan 16, 2024
  • 3 min read

Tal vez te has preguntado qué otras opciones existen para tener un buen tratamiento médico sobre una condición de salud delicada. ¿Qué pasa si no puedo pagar el seguro médico?

Ya que, en ocasiones el seguro de gastos médicos, aunque necesario, puede ser más costoso de lo que nos podemos permitir.


También está pensado para aquellas personas que, gracias a las prestaciones de la empresa donde trabajan, tienen seguro médico, ya sea privado o seguro social. Estas personas pueden atenderse en su hospital de siempre y cobrar la indemnización por la enfermedad detectada.


Por esa razón existen los seguros médicos indemnizatorios.



Radiografía de una mano saludable

Seguro Médico Indemnizatorio

¿Qué está cubierto y cómo?


Cuentas con consultas médicas ilimitadas* con médicos que se encuentren dentro de los Prestadores en convenio con la Aseguradora, de los cuales podrás elegir libremente la opción que mejor se acomode a tus necesidades, entre las opciones que la Aseguradora te proporcione.

  • Consultas médicas presenciales y digitales.

  1. Medicina General / Familiar

  2. Medicina Interna

  3. Ginecología y Obstetricia

  4. Pediatría

*Realizando un copago del servicio directamente con el proveedor (El médico)


  • Indemnización por Enfermedades Graves.

Si durante la Vigencia de la Póliza se te diagnóstica por primera vez alguna de las Enfermedades o grupo de Enfermedades cubiertas en tu póliza, la Aseguradora te pagará una sola vez en toda la vida de la Póliza, la Suma asegurada especificada en la Carátula de la Póliza, esto de acuerdo con lo indicado en las Condiciones generales del producto. (Consulta con un agente la tabla de las enfermedades cubiertas y sus sumas aseguradas)


  • Indemnización por procedimientos médicos o quirúrgicos derivados de una enfermedad.

En caso de que, durante la Vigencia de esta Póliza se te haya realizado un Procedimiento médico quirúrgico cubierto derivado de una Enfermedad cubierta por la Póliza,  te pagará posterior al primer Procedimiento médico o quirúrgico y por una sola vez durante toda la vida de la Póliza, la Suma asegurada especificada en la Carátula de la Póliza y de acuerdo con lo indicado en las Condiciones generales del producto.


  • Indemnización por Enfermedades que requieren hospitalización.

Si durante la Vigencia de esta Póliza se te hospitaliza por alguna de las Enfermedades cubiertas por un periodo de más de 72 horas continuas, la Aseguradora te pagará por una vez en la vida de la Póliza, la Suma asegurada indicada en la Carátula de la Póliza para cada una de las Enfermedades o grupo de Enfermedades cubiertas, esto de acuerdo con lo estipulado en las Condiciones generales del producto. (En caso de volver a requerir una

hospitalización por la misma Enfermedad, no será cubierta.)


  • Indemnización por Enfermedades crónicas.

Si durante la Vigencia de esta Póliza se te diagnostica por primera vez alguna de las Enfermedades crónicas cubiertas, la Aseguradora te pagará por una sola vez en la vida de la Póliza al momento del diagnóstico, la Suma asegurada indicada en la Carátula de la Póliza y de acuerdo con lo indicado en las Condiciones generales del producto.


  • Reembolso de Gastos médicos por Accidente.

En caso de que sufras un Accidente, la Aseguradora te reembolsará los gastos médicos cubiertos que haya erogado con motivo de la atención médica derivada de dicho Accidente durante la Vigencia de la Póliza, de acuerdo con lo estipulado en las Condiciones generales del producto.

Debes avisar a la Aseguradora dentro de los 90 (noventa) días naturales posteriores a la ocurrencia del Accidente siempre y cuando haya realizado un gasto para la atención del Accidente dentro de ese periodo, de lo contrario no será considerado como Accidente.

(Tratándose de lesiones de nariz, columna vertebral o rodilla, se considerarán Accidentes siempre y cuando exista una Fractura, debiendo presentar la radiografía correspondiente.)


  • Indemnización diaria por hospitalización.

Si durante la Vigencia de esta Póliza, tuvieras que ser hospitalizado por más de 72 horas por alguna Enfermedad o Procedimiento médico cubierto, la Aseguradora te pagará por cada una de las hospitalizaciones que estén médicamente justificadas, la cantidad diaria señalada en la Carátula de la Póliza, iniciando el computo de los días para la indemnización después de las primeras 72 horas continuas de hospitalización, y hasta por un máximo de 15 días continuos posteriores a las primeras 72 horas iniciales y de acuerdo con lo indicado en las Condiciones generales del producto.


  • Indemnización por muerte accidental.

La Aseguradora pagará a los Beneficiarios, o a quien corresponda, la Suma asegurada señalada en la Carátula de la Póliza, si a consecuencia de un Accidente cubierto por la Póliza, lamentablemente fallecieras dentro de los 90 días naturales siguientes a la fecha del Accidente cubierto. (En caso de que el Asegurado fallezca posterior a los 90 días naturales siguientes al Accidente no aplicará esta cobertura.)


Otros Beneficios

  • Consulta médica presencial y/o online de nutrición, psicología y psiquiatría.

  • Ambulancia terrestre.

  • Atención Dental.

  • Atención Visual.

  • Asistencia Funeraria



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